Registro horario
REGISTRO HORARIO
Registro horario
El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, establece la obligación de las empresas de garantizar el registro diario de la jornada de sus trabajadores, incluyendo la hora concreta de inicio y finalización, y conservar estos registros durante cuatro años.
El servicio incluye:
Opciones de registro
- WEB: a través de una URL.
- MÓVIL: APP que puede instalarse en teléfonos móviles IPhone o Android.
- MEDIO FÍSICO: El empleado registrará con lector de tarjeta o llavero
- BOT TELEGRAM: Mediante Bot Telegram, si la empresa no quiere usar la app.
- PLANTILLAS: Descargando plantillas de turnos diarios, semanales o mensuales, firmándolas y volviendo a adjuntarlas al sistema.
Ventajas
- FLEXIBILIDAD: Permite el registro de las horas trabajadas de diferentes formas.
- CONTROL: Control y dirección de la actividad laboral por parte del empresario.
- IMAGEN: Transmite modernidad y confianza a los trabajadores e inspectores.
- AHORRO: Ahorro de tiempo a la hora de contabilizar horas extras.
- SEGURIDAD: Documentación segura en la nube y guardada durante 4 años.
- LEGAL: Cumple todos los requisitos de la nueva LOPD-GDD.
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Nuestro equipo de GRUPO LAE FINCAS está a tu disposición para ayudarte a implantar la normativa y a disponer de la documentación necesaria de forma clara y segura.
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